Dictamen N° 854/1993: Denuncia del señor Narciso Irureta y Otros por infracción al Decreto-Ley Nº 211 de 1973, en el cobro de los servicios de telefonía móvil y móvil-celular. La Comisión desestimó solicitar por ahora que estos servicios entren en fijación de precios por la Autoridad. Reclamado el dictamen fue confirmado por H. Comisión Resolutiva por Resolución Nº 393 de 14 de Junio de 1993.
Dictamen N° 853/1993: Denuncia de la Asociación Inductrial de Laboratorios Farmacéuticos A.G. ASILFA por mal uso de la Ley de Patentes Industriales, restringiendo la competencia. La Comisión acordó desestimar la denuncia.
Dictamen N° 852/1993: Denuncia del H. Diputado don Sergio Jara Catalán por competencia desleal contra exportadores de uva de menor calidad que la estipulada desde la zona de Copiapó. La Comisión desestimó la denuncia por las razones que expone en su dictamen.
Dictamen N° 851/1993: Denuncia de usuarios residentes en “Ciudad Satélite Lomas de Lo Aguirre contra la Compañía de Teléfonos de Chile S.A. -C.T.C. – por cobros estimados abusivos. La Comisión desestimó la denuncia con una prevención a la C.T.C. sobre suspensión automática del cobro de la tarifa cuando se interrumpe el servicio en casos como los descritos por los denunciantes.
Dictamen N° 817/1992: Denuncia de la Empresa Eléctrica Puente Alto Limitada en contra de Cía. Eléctrica Río Maipo S.A. por abuso de posición dominante. Exigencia de garantía excesiva por ampliación contratada de suministro de energia eléctrica. La Comisión acogió en parte la denuncia. Ver dictamen N° 801/173 de 20 de Marzo de 1992, con recurso de reclamación pendiente Comisión Resolutiva. ante la H.
Dictamen N° 850/1993: Consulta de Shell, S.A.C.I. soconvenio accesorio para venta de sus lubricantes. La Comisión aprobó el convenio, especialmente por tratarse de un mercado muy competitivo.
Dictamen N° 849/1993: Denuncia del Sr. Iván Cares contra la Clínica Dávila por cobros excesivos y abuso de posición dominante. La Comisión estableció algunas reglas para mejorar la trasparencia del sistema, entre ellas, la posibilidad de devolver el paciente, los medicamentos usados en su tratamiento. Reclamado el dictamen, se encuentra pendiente en la H. Comisión Resolutiva.
Dictamen N° 848/1993: Contrato de mandato mercantil entre Sociedad SOCOFAR S.A. para compra de medicamentos. Cumplimiento del Dictamen N° 837. La Comisión aprobó las modificaciones presentadas.
Dictamen N° 847/1993: Denuncias del Sr. Rafael Sariego y otros en contra de la Compañía de Teléfonos de Chile C.T.C. por cobrar del cargo de asignación de líneas telefónicas. La Comisión encontró conductas reprochables de C.T.C., pero hace presente que posteriormente se ha preocupado de solucionar este tipo de problemas con sus abonados, por lo que no solicita sanciones contra ella, por ahora.
Dictamen N° 846/1993: Consulta de la Dirección de Aeronautica Civil sobre propuestas para el otorgamiento de concesiones de estacionamiento en el Aeropuerto Merino Benitez, ex-Pudahuel.