Dictamen N° 1035/1998: Denuncia del señor Luis Farah Said en contra de varios laboratorios farmacéuticos por discriminación en los descuentos que otorgan, favoreciendo a las grandes cadenas de farmacias en desmedro de las medianas y pequeñas farmacias. La Comisión desestimó la denuncia por no haberse configurado la existencia del abuso denunciado. Reiteró dictámenes anteriores sobre la materia e hizo extensivo a los laboratorios Bayer y Labomed el dictamen N° 877 de 1993 que afectaba al laboratorio Schering. El dictamen se transcribió a las asociaciones gremiales que agrupan a los laboratorios farmacéuticos y a las droguerías autorizadas.

Dictamen N° 1067/1999: Denuncia de Sociedad Abastecedora de Combustibles S.A. (Abastible) contra Codigas S.A.C.I. por publicidad engañosa respecto de las propiedades y características del GLP que distribuye Codigas. La Comisión desestimó la denuncia en consideración, entre otras razones, en que las frases de propaganda que Abastible objeta a Codigas constituyen marcas registradas de la denunciada, materia que fue objeto de avenimiento entre las partes ante el Consejo de Autorregulación Publicitaria (CONAR)

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