En los autos Rol NC N° 547-25 caratulados “Solicitud de Informe de Empresa Portuaria Valparaíso sobre condiciones de licitación del terminal N° 2 del Puerto de Valparaíso”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por resolución de 11 de junio de 2025, dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211, con el objeto someter a revisión las condiciones de competencia relativas a la licitación pública y concesión del Terminal N°2 de Puerto de Valparaíso.
Se ordenó oficiar a la Fiscalía Nacional Económica, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el Ministerio de Obras Públicas; la Cámara Marítima y Portuaria de Chile A.G.,; al Comité Sistema de Empresas -SEP y a los concesionarios de frentes de atraque del país, a fin de que todos éstos, así como otros que también tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la publicación del extracto de esta resolución en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, sólo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio y poder a algún abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el número 3) de dicho artículo.