Dictamen N° 1073/1999: Consulta de la Superintendencia de Valores y Seguros y denuncia de la Bolsa de Valores de Valparaíso en contra de la Bolsa de Comercio de Santiago por cobro de derechos de bolsa para operaciones por cuenta propia o de terceros (peaje interbolsas) lo que constituiria una barrera a la operación de otras bolsas. La Comisión acogió la denuncia, expresando que la Bolsa de Comercio de Santiago debe dejar sin efecto el sistema tarifario sobre cobro de derechos debolsa en operaciones interbolsas por cuenta propia. Ver Dictamen N° 1078 de 18 de agosto de 1999 y Resolución N° 556 de 4.01.2000

Dictamen N° 1067/1999: Denuncia de Sociedad Abastecedora de Combustibles S.A. (Abastible) contra Codigas S.A.C.I. por publicidad engañosa respecto de las propiedades y características del GLP que distribuye Codigas. La Comisión desestimó la denuncia en consideración, entre otras razones, en que las frases de propaganda que Abastible objeta a Codigas constituyen marcas registradas de la denunciada, materia que fue objeto de avenimiento entre las partes ante el Consejo de Autorregulación Publicitaria (CONAR)

Dictamen N° 1062/1999: Denuncia de Costa S.A. y Ambrosoli S.A. en contra de Unidal de Chile S.A. filial de la empresa argentina ARCOR S.A.I.C. por política de precios depredatorios en la comercialización de sus productos Bon-o-Bon, destinada a entorpecer la libre competencia en el mercado de chocolatería y confites. La Comisión dictaminó que por tratarse de productos importados desde Argentina, se configura una situación de dumping, siendo competente en estos casos la Comisión Nacional creada por el artículo 11° de la Ley N° 18.525 sobre distorsiones a la importación.