Dictamen N° 747/1990: Consulta de Laboratorios Recalcine S.A. sobre lo llamados “descuentos funcionales”, descuentos en el precio de los productos por servicios que los distribuidores otorgan al productor. La Comisión informa negativamente, sin perjuicio que productores y distribuidores puedan celebrar contratos por prestación de servicios, siempre que su pago no esté relacionado con el precio de los medicamentos u otros productos farmacéuticos.
Dictamen N° 748/1990: Denuncia de dofia Blanca Luz Urutia C. y otro contra don Sergio Nuñez, Presidente de la A.G. de Dueños de Taxibuses Las Condes-Quinta Normal, por entorpecimientos a la libertad de trabajo. Se desestima la denuncia, sin perjuicio de remitir al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción los antecedentes que podrían constituir una transgresión al Decreto Ley N° 2757 sobre asociaciones gremiales.
Dictamen N° 749/1991: Presentación de Sargent y Krahn, Procuradores Internacionales de Marcas y Patentes. Aclaración del dictamen N°713. Uso del logo de automóviles BMW por la firma Mascaró Hnos.
Dictamen N° 750/1991: Denuncia de Eximer Ltda contra Promitec Ltda. por prácticas monopólicas en la comercialización del cianuro de sodio. La Comisión desestimó la denuncia.
Dictamen N° 738/1990: Denuncia de la señora Gladys Suazo M. contra la Sociedad de Transportes Cruzeiro Ltda. y de la Soc. General de Transportes Ltda. por entorpecimiento a la libertad de trabajo. La Comisión desestimó la denuncia.
Dictamen N° 739/1990: Recurso de aclaración, complementación y reclamación en subsidio presentado por CHILESAT TELECOMUNICACIONES LIDA., TELEX CHILE S.A. y CHILEPAC S.A. en contra del dictamen N° 735. La Comisión confirma su dictamen, sin perjuicio de elevar los antecedentes a la H. Comisión Resolutiva.
Dictamen N° 740/1990: Recurso de reposición, reclamando en subsidio, de la Asociación de Importadores A.G. y de la Asociación Chilena de Empresas de Informática A.G. en contra del Dictamen N° 729. La Comisión confirmó su dictamen, sin perjuicio de elevar los antecedentes a la H. Comisión Resolutiva. Posteriormente los reclamantes se desistieron de su recurso.
Dictamen N° 741/1990: Consulta del señor Manuel Luna Payar sobre posible abuso de posición monopólica de Distribuidora Chilectra Metropolitana S.A. La Comisión observa la conducta de Chilectra y le conmina a dar cumplimiento estricto a lo establecido en su dictamen.
Dictamen N° 742/1990: Consulta de Datsun Chile Ltda. Envía modelo de contrato que suscribirá con sus concesionarios la luz del dictamen N° 732. La Comisión aprueba el contrato con una observación sobre la cláusula de arbitraje.
Dictamen N° 743/1990: Denuncia de la Agrupación de Taxis Colectivos N° 238 -Paradero 30- Puente Alto contra la directiva de la línea de taxis colectivos Santo Tomás-Puente Alto 30 y medio. Limitaciones a la libertad de trabajo. La Comisión desestimó la denuncia.