TDLC multa a prácticamente la totalidad de las empresas de microbuses y taxis colectivos de Osorno por colusión

08/01/2010

Noticias – Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

TDLC multa a prácticamente la totalidad de las empresas de microbuses y taxis colectivos de Osorno por colusión

A fines del 2007, coordinaron sus tarifas y celebraron otros acuerdos ilegales desde el punto de vista de la libre competencia.

08-01-2010

El TDLC, acogiendo un requerimiento de la Físcalía Nacional Económica, condenó el día de ayer a 9 empresas de microbuses y 4 de taxis colectivos de la ciudad de Osorno a pagar diversas multas, por haberse coludido en noviembre de 2007 para, entre otras cosas, alzar coordinadamente los pasajes.

El Tribunal llegó a la convicción de que Sociedad de Transportes Central Ltda., Transportes Camino Real Ltda., Sociedad de Transportes Frankol Ltda., Sociedad de Transportes Líneas Nueve Ltda., Transportes Las Golondrinas Ltda., Transportes Veinte Blanco Azul Ltda., Administradora Francke Ltda., y Sociedad de Transportes Centenario Ltda., incurrieron en una infracción a las normas de protección de la libre competencia consistente en: (i) modificar coordinadamente sus tarifas en el periodo posterior al 27 de noviembre de 2007; (ii) prohibir la modificación autónoma por parte de cada empresa de las tarifas y acordar un mecanismo para fijarlas coordinadamente en el futuro; (iii) la limitación de la oferta global de servicios de transporte de pasajeros en Osorno; (iv) el reparto de cuotas de mercado; y, (v) la limitación de la posibilidad de competir por medio de la innovación empresarial y, por tanto, de la capacidad de incrementar la calidad de los servicios ofrecidos.

Asimismo, el TDLC alcanzó la convicción de que Sociedad de Transportes Perla del Sur S.A., Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos Línea 17, 17-A, 18 de Osorno, Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos “Perla del Sur” y Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos de Osorno, también incurrieron en una infracción a las normas de protección de la libre competencia, consistente en un acuerdo en torno a un objeto común, cual fue alzar coordinadamente las tarifas a los usuarios del transporte público de pasajeros de la ciudad de Osorno.

El Tribunal impuso multas menores que las que habrían correspondido normalmente para un caso de esta naturaleza y características, en atención, entre otras circunstancias, a que la Secretaria Regional de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Los Lagos de la época realizó prácticas que facilitaron la colusión entre los condenados.

Vea aquí el fallo completo del TDLC

 

 

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