TDLC emitió el Informe N° 24/2022 que exige la Ley Nº 19.542 que Moderniza el Sector Portuario Estatal y fijó las condiciones a las que deberá sujetarse la licitación pública de la concesión portuaria del Terminal Arturo Prat y el Muelle José de Todos los Santos Mardones y el Terminal de Transbordadores de Puerto Natales

12/04/2022

La Empresa Portuaria Austral (“EPAustral”) solicitó licitar en conjunto los siguientes recintos portuarios: (i) el Terminal Arturo Prat de Punta Arenas; (ii) el Muelle José de Todos los Santos Mardones, de Punta Arenas; y (iii) el Terminal de Transbordadores de Puerto Natales (en adelante, “los Recintos Portuarios”).

Por una parte, se establecieron condiciones para resguardar la competencia en la licitación, destacándose, entre otras, (i) que el criterio de adjudicación corresponda al menor Índice Tarifario, (“Índice de Adjudicación”), sujeto a un Índice Tarifario Máximo Reservado; (ii) que el Índice de Adjudicación deba considerar un subíndice para cada uno de los Recintos Portuarios y que dicho índice debe incluir la totalidad de los servicios básicos que se prestarán en dichos frentes de atraque, con excepción de la “Tarifa Pasajeros por Uso De Muelle Cruceros” que se considera en general para los Recintos Portuarios, así como la “Tarifa Pasajeros por Uso De Muelle Ro Ro” del Terminal de Transbordadores de Puerto Natales; (iii) la posibilidad de la empresa portuaria de calcular el canon anual en base al valor de los activos dados en concesión, para lo cual se consideró una tasa de rentabilidad que incluya todas sus fuentes de financiamiento pertinentes y que reflejen su verdadero costo de oportunidad del financiamiento (v.gr., usando la tasa WACC) y (iv) que, respecto de la propuesta de incorporar un “Canon Adicional”, EPAustral deba recalcular el valor del Canon Anual considerando el mayor valor que refleja el Canon Adicional, en base al estudio técnico que lo justifique según se establece en el artículo 6° inciso quinto del Reglamento, mientras que respecto de la tasa de uso de puerto que se buscaba incorporar a la concesión, EPAustral no podrá establecer un cobro por este concepto, atendido que se permitirá que el Canon Anual refleje el valor económico de todos los activos que se darán en concesión (tangibles e intangibles).

Por otra parte, se ordenó incorporar resguardos en la provisión de servicios portuarios, relacionados con las tarifas de los servicios portuarios básicos, estándares de calidad de servicio, reglas de prioridad en la atención de naves, deberes de información y mecanismos contractuales de control. Asimismo, se estableció que, en el evento que uno o más usuarios relevantes se integren verticalmente con el Concesionario, se le exigirá a éste, contar con directores independientes y un Comité de Directores, de conformidad al artículo 50 bis de la Ley N° 18.046. Por último, se estableció un mecanismo de modificación del contrato de concesión que distingue el procedimiento a seguir según la materia que se solicita modificar, disminuyendo de diez a cinco años el periodo para poder realizar dicha modificación.

Finalmente, se establecieron restricciones a la integración vertical y horizontal del futuro concesionario. En cuanto a la primera, se prohibió a los usuarios relevantes de servicios portuarios tener, por sí o a través de otra persona natural o jurídica, más de un 40% del capital, ni más de un 40% del capital con derecho a voto, o derechos por más del 40% de las utilidades de la sociedad concesionaria en los términos de la letra b) del artículo 99 de la Ley N° 18.045. Asimismo, se incorporó dentro del concepto de usuario relevante a las empresas que intervengan en el transporte de pasajeros. La integración horizontal, en tanto, se prohibió absolutamente.

El fallo, fue acordado con la prevención del Ministro Paredes, quien estuvo por no imponer una regla de restricción a la participación accionaria de usuarios relevantes en el puerto y exigir, en su lugar que el Concesionario cuente en su directorio con, al menos, un miembro independiente de los accionistas controladores.

Ver Resolución: acoge parcialmente recurso de reposición
Ver Informe N° 24-2022

Noticias Relacionadas

06/11/2025

Causa Rol NC N° 553-25: TDLC da inicio a procedimiento caratulado “Consulta de Universidad Finis Terrae y otras, sobre Resoluciones Exentas N° 887 y 3.263 de la Subsecretaría de Educación Superior”

En los autos Rol NC N° 553-25 caratulados “Consulta de Universidad Finis Terrae y otras, sobre Resoluciones Exentas N° 887 y 3.263 de la Subsecretaría de Educación Superior”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por resolución de 6 de noviembre de 2025, dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto […]

05/11/2025

Instrucciones de acceso a la audiencia pública de la causa NC N° 547-25 caratulada “Solicitud de Informe de Empresa Portuaria Valparaíso sobre condiciones de licitación del terminal N° 2 del Puerto de Valparaíso”.

Mañana jueves 6 de noviembre de 2025, a las 10:00 horas, tendrá lugar la audiencia pública de la causa NC N° 547-25 caratulada “Solicitud de Informe de Empresa Portuaria Valparaíso sobre condiciones de licitación del terminal N° 2 del Puerto de Valparaíso”, la que se realizará en las dependencias del Tribunal, ubicado en Huérfanos 670, piso 19. Con fecha 11 […]

04/11/2025

TDLC informa las instrucciones de acceso a la audiencia pública Rol AE N° 38-25 caratulada “Acuerdo extrajudicial entre la FNE y la Ilustre Municipalidad de San Bernardo y otras”

Este miércoles 5 de noviembre de 2025, a las 10:30 horas, tendrá lugar la audiencia pública Rol AE N° 38-25 caratulada “Acuerdo extrajudicial entre la FNE y la Ilustre Municipalidad de San Bernardo y otras”, la que se realizará en las dependencias del Tribunal, ubicado en Huérfanos 670, piso 19. Se puede acceder a la transmisión de la audiencia a través de la página […]

29/10/2025

TDLC aprueba acuerdo extrajudicial entre la FNE y LATAM que modifica acuerdos de códigos compartidos con Delta

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aprobó hoy el Acuerdo Extrajudicial N° 37, suscrito entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Latam Airlines Group S.A. (LATAM). El acuerdo pone término a la Investigación Rol N° 2818-25 de la FNE y tiene como propósito permitir la modificación de cinco acuerdos de códigos compartidos (ACC) […]

28/10/2025

TDLC fija fecha de audiencia pública de causa AE N°38-25 “Acuerdo Extrajudicial entre la Fiscalía Nacional Económica y la Ilustre Municipalidad de San Bernardo y otras”  

En los autos Rol AE N° 38-25, caratulados “Acuerdo Extrajudicial entre la Fiscalía Nacional Económica (“FNE”) y la Ilustre Municipalidad de San Bernardo y otras”, con fecha de 28 de octubre de 2025, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, fijó fecha para la audiencia señalada en el artículo 39 letra ñ) del Decreto […]

27/10/2025

TDLC informa las instrucciones de acceso a la audiencia pública Rol AE N° 37-25 caratulada Acuerdo Extrajudicial entre Fiscalía Nacional Económica y Latam Airlines Group S.A”

Este martes 28 de octubre de 2025, a las 10:00 horas, tendrá lugar la audiencia pública Rol AE N° 37-25 caratulada “Acuerdo Extrajudicial entre Fiscalía Nacional Económica y Latam Airlines Group S.A”, la que se realizará en las dependencias del Tribunal, ubicado en Huérfanos 670, piso 19. Se puede acceder a la transmisión de la audiencia a través de la página web del Tribunal www.tdlc.cl o en […]

23/10/2025

Causa Rol C N° 483-23: TDLC informa suspensión de vista de causa caratulada “Demanda de Golden Sun SpA en contra de Enel Green Power Chile S.A.”

En los autos Rol C N° 483-23 caratulados “Demanda de Golden Sun SpA en contra de Enel Green Power Chile S.A.”, por resolución de 23 de octubre de 2025, el Tribunal de Defensa de Libre Competencia, accedió a la solicitud de Golden Sun SpA de suspender la vista de la causa que estaba fijada para […]

23/10/2025

TDLC fija fecha de audiencia pública AE N°37-25 “Acuerdo Extrajudicial entre Fiscalía Nacional Económica y Latam Airlines Group S.A”

En los autos Rol AE N° 37-25, caratulados “Acuerdo Extrajudicial entre Fiscalía Nacional Económica y Latam Airlines Group S.A”, con fecha de 22 de octubre de 2025, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, fijó fecha para la audiencia señalada en el artículo 39 letra ñ) del Decreto Ley N° 211 para el día […]

Ir al contenido