Atendido lo informado por la Fiscalía Nacional Económica a fs. 38 déjese sin efecto la resolución de veintritrés de agosto de dos mil cuatro, escrita a fs. 29 y en su lugar se resuelve:
Hacer lugar a la consulta de fs. 23.
Notifíquese por carta certificada.
Comuníquese mediante oficio a la Fiscalía Nacional Económica y a la Subsecretaria de Telecomunicaciones.