El acuerdo pone término a la investigación Rol N° 2751-24 de la FNE, relativa a las cláusulas de nación más favorecida identificadas en los acuerdos celebrados entre las agencias de viaje online (“OTAs”) presentes en Chile y los establecimientos de hospedaje (“Alojamientos”), que prestan servicios de alojamiento para turistas y consumidores en Chile. Las cláusulas de nación más favorecidas —en este contexto— son las que limitan a cualquier Alojamiento la posibilidad de ofrecer precios más bajos que los ofertados por las OTA a través de otros canales de venta online o presenciales, ya sea de intermediarios o propios.
Por medio del acuerdo, Booking se obligó, entre otras obligaciones, a eliminar las cláusulas de nación más favorecida pactadas con Alojamientos y a no incluirlas a futuro en sus términos y condiciones generales ni en sus programas de fidelización. Asimismo, se obligó a pagar a beneficio fiscal la suma de 6.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América.
El Tribunal aprobó el acuerdo por estimar que las obligaciones asumidas por Booking son pertinentes y suficientes respecto de los riesgos a la competencia advertidos por la FNE. Asimismo, no se observaron antecedentes que den cuenta de que el acuerdo pudiera generar algún riesgo para la competencia.
