Dictamen N° 787/1991: Cumplimiento del Dictamen N°757. Venta de bienes y derechos de Bancard y Fincard a Transbank. La Comisión da su aprobación al nuevo contrato con una prevención.
Dictamen N° 786/1991: Denuncia de Sociedad de RadioDifusión “El Conquistador” contra C.T.C. S.a. y C.T.C. – Celular S.A. Falta de transparencia en la aplicación de las tarifas de larga distancia por C.]T.C. – Celular S.A. La Comisión desestimó la denuncia con una prevención a C.T.C.-Celular.
Dictamen N° 785/1991: Denuncia de la Soc. Hilos Cadena S.Α.” Transcrita a través de SERNAC por competencia desleal al haber un competidor imitado los productos que ella produce bajo marca registrada. La Comisión declaró que esta denuncia incidia en la Ley y Reglamento de Propiedad Industrial, pudiendo la empresa afectada recurrir a los Tribunales ordinarios de justicia.
Dictamen N° 784/1991: Denuncia de Horoquímica de Chile Ltda. contra las farmacias Ahumada S.A. Comercial SALCO, Brand y SOCOFAR por negativa concertada a comprar sus productos. La Comisión desestimó la denuncia.
Dictamen N° 783/1991: Consulta de Gaspeza Distribuidora de Petróleos S.A. Venta de la Empresa o formación de negocios en participación. Este dictamen tuvo carácter de reservado haste el 4 de octubre de 1992.
Dictamen N° 782/1991: Denuncia de Soc. Proveedora Maritima J.V.G. Ltda. contra la integración vertical que estarian efectuando los agentes de naves, al operar como proveedores de naves. La Comisión solicitó al Fiscal recibe ante la comisión Resolutiva para que esta solicite la modificación de la disposición que considera como exportadores a los agentes de naves en el caso del Rancho de exportación, para que sean incluidos también los proveedores de naves.
Dictamen N° 781/1991: Consulta de Carbonifera Schwager S.A. y otras empresas carboniferas privadas, sobre presunta competencia desleal que estaría efectuando la Empresa Nacional del Carbón S.A. ENACAR, al ser sus costos superiores a sus precios de venta.
Dictamen N° 780/1991: Consulta de la Subsecretaría de Economía sobre administración del sistema de codificación conocido como “Código de barras”, sistema EAN, en forma exclusiva por un organismo perteneciente a la Cámara Nacional de Comercio modificó y/o eliminó algunas disposiciones que regulan el sistema. Solicita a la Cámara el envio de un nuevo reglamento modificado.
Dictamen N° 779/1991: Investigación de oficio y posterior consulta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones sobre el transporte colectivo de pasajeros en ciudad de Santiago. La Comisión formuló declaraciones y solicitó al Fiscal siguiera ante la Comisión Resolutiva la aplicación de sanciones a los empresarios que hayan incurrido en trasgresiones al Decreto Ley N° 211.
Dictamen N° 778/1991: Denuncia del Sr. Floridor Arriagada H. en contra de la A.G. de Transporte de Pasajeros Pila-Cementerio por entorpecer la libertad de trabajo. La Comisión desestimó la denuncia.