Se suspende vista de causa en el proceso Rol C N° 184-08, Requerimiento de la FNE contra FASA, Cruz Verde y Salcobrand por supuesta colusión.Se fijó como nueva fecha el próximo jueves 1 de septiembre. |
23-08-2011
Por solicitud de Farmacias Cruz Verde S.A., en ejercicio del derecho que le confiere el artículo 165 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, se ha suspendido la audiencia de vista de causa, fijándose como nueva fecha el próximo jueves 1 de septiembre de 2011, a las 10:30 horas.
TDLC autoriza la participación de empresas del grupo GLR-PRISA en concursos de renovación de concesiones de radiodifusión. |
10-08-2011
Este Tribunal resolvió autorizar la participación de las sociedades GLR Chile Ltda. e Iberoamericana Radio Chile S.A., en los concursos públicos para la renovación de las concesiones de radiodifusión FM que posee en las ciudades de Chillan, Villarrica y Punta Arenas. Dicha resolución se acordó con el voto en contra de los Ministros Señores Velozo y Morales quienes estuvieron por no aprobar la participación de las consultantes y sociedades relacionadas en los concursos de renovación de las concesiones de radiodifusión objeto de la consulta, en base a los fundamentos que en dicha resolución se exponen.
Se modifica la fecha de la audiencia pública en la consulta sobre diferenciación de precios en los servicios públicos de telefonía (tarifas on-net / off-net) y de las ofertas conjuntas de servicios de telecomunicaciones.Causa Rol NC 386-10 |
10-08-2011
Atendido que algunas empresas de telecomunicaciones aún no han entregado en forma completa la información requerida por el TDLC, se decidió suspender la audiencia pública fijada para el día 17 de agosto próximo, y fijar como nueva fecha el día 7 de septiembre de 2011, a las 10:00 horas.
En los autos Rol NC Nº 386-10 y 389-11 acumulado al primero, caratulados “Procedimiento para la dictación de Instrucción General sobre los efectos en la libre competencia de la diferenciación de precios en los servicios públicos de telefonía (Tarifas on-net / off-net) y de las ofertas conjuntas de servicios de telecomunicaciones”, por resolución de 10 de agosto de 2011, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, cita a audiencia pública el día 7 de septiembre de 2011, a las 10:00 horas, en su sede ubicada en Agustinas 640, Piso 19, Santiago, a fin de que quienes hubiesen aportado antecedentes manifiesten su opinión.
Quienes, habiendo aportado antecedentes en el proceso, deseen intervenir en la audiencia pública y ejercer los recursos que franquea la ley, deberán comparecer en la forma dispuesta en la Ley N° 18.120 y anunciarse por escrito con anticipación mínima de 24 horas al inicio de la audiencia.
Pronunciada por los Ministros Sr. Tomás Menchaca Olivares, Presidente, Sra. Andrea Butelmann Peisajoff y Sr. Julio Peña Torres.
Citación Audiencia PúblicaCausa Rol NC 386-10 |
23-06-2011
REPÚBLICA DE CHILE
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
AVISO DE NUEVA FECHA DE AUDIENCIA PÚBLICA
En los autos Rol NC Nº 386-10 y 389-11 acumulado al primero, caratulados “Procedimiento para la dictación de Instrucción General sobre los efectos en la libre competencia de la diferenciación de precios en los servicios públicos de telefonía (Tarifas on-net / off-net) y de las ofertas conjuntas de servicios de telecomunicaciones”, por resolución de 23 de junio de 2011 el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, cita a audiencia pública el día 17 de agosto de 2011, a las 10:00 horas, en su sede ubicada en Agustinas 640, Piso 19, Santiago, a fin de que quienes hubiesen aportado antecedentes manifiesten su opinión.
Quienes, habiendo aportado antecedentes, deseen intervenir en la audiencia citada precedentemente y ejercer los recursos que franquea la ley, deberán comparecer en la forma dispuesta en la Ley N° 18.120 y anunciarse por escrito con una anticipación mínima de 24 horas al inicio de la audiencia.
Pronunciada por los Ministros Sr. Tomás Menchaca Olivares, Presidente, Sra. Andrea Butelmann Peisajoff y Sr. Radoslav Depolo Razmilic.
ALEJANDRO DOMIC SEGUICH
Secretario Abogado
TDLC resuelve Requerimiento de la FNE contra Radio Valparaíso Ltda. y Otros. |
23-06-2011
El Tribunal resolvió acoger el requerimiento de la FNE en contra de Corporación de Radio Valparaíso Limitada, Transco S.A., Sociedad de Inversiones Santa Ignacia Limitada, Radio Corporación S.A., Inversiones San José Limitada, Altronix Comunicaciones Limitada, Empresa Nacional de Transmisiones y Duplexiones Limitada, Bío Bío Comunicaciones S.A., Cristián Wagner Muñoz y Claudio Toro Arancibia, y sancionar a las requeridas por la celebración de acuerdos entre competidores que tuvieron por objeto restringir o eliminar la competencia en distintos concursos públicos convocados por Subtel para la adjudicación de concesiones radiales de frecuencia modulada, en diferentes localidades del país, en el período que media entre octubre de 2007 y de octubre de 2009.
Consideró el Tribunal que las cesiones efectuadas entre los participantes en cada licitación tuvieron por objeto suprimir o alterar el proceso competitivo dentro de cada uno de los concursos en que se efectuaron estas licitaciones, y además afectaron el precio con que fue asignada la concesión en cada la licitación. Esto, en un contexto de elementos facilitadores de colusión presentes en esta industria y en cada uno de los mercados relevantes afectados, que permitió que la práctica de cesión de “derechos de postulación” llegara a ser común entre los operadores.
De este modo, el Tribunal concluye que los hechos acreditados en el proceso respecto de las requeridas constituyen actos de colusión en los términos del artículo 3 del D.L. N° 211 vigente a la época de los hechos, destinados a repartirse y pre-asignar los resultados de las licitaciones de frecuencias de radiodifusión sonora FM en las localidades de Iquique, Antofagasta, La Serena, Los Vilos, Pichidangui, Llay Llay, Pichilemu, Alerce y Coyhaique, en los concursos llamados por Subtel para el Primer, Segundo y Tercer Cuatrimestre del año 2007.
Atendido lo anterior el Tribunal impone a las requeridas las multas, a beneficio fiscal, que para cada una de ellas se indica: a Corporación de Radio Valparaíso Limitada, 200 UTA; a Transco S.A., 1 UTA; a Sociedad de Inversiones Santa Ignacia Limitada, 1 UTA; a Radio Corporación S.A., 5 UTA; a Inversiones San José Limitada, 10 UTA; a Altronix Comunicaciones Limitada, 5 UTA; a Empresa Nacional de Transmisiones y Duplexiones Limitada, 5 UTA; a Cristián Wagner Muñoz, 200 UTA; y a Claudio Toro Arancibia, 200 UTA. Dichas multas corresponden al máximo solicitado por la FNE en los acuerdos conciliatorios celebrados entre ésta última y las requeridas antes citadas.
En cuanto a Bío Bío Comunicaciones S.A., quien no celebró acuerdo conciliatorio con la FNE, se le impuso una multa, a beneficio fiscal, de 5 UTA, así como las siguientes obligaciones: a) inhibirse, en lo sucesivo, de llevar a cabo el tipo de conductas por las cuales ha sido sancionada en este requerimiento; y, b) establecer protocolos internos dirigidos a sus propietarios, accionistas, ejecutivos y empleados, a objeto de adoptar las mejores prácticas que tiendan a desincentivar en el futuro toda conducta que pueda considerarse contraria a las normas de libre competencia.
Por último cabe señalar que se rechazaron las excepciones de prescripción alegadas por Corporación de Radio Valparaíso Limitada y Radio Corporación S.A. y que las requeridas no fueron condenadas en costas.
Vea aquí la Sentencia del TDLC