02 Mar
TDLC reanudó sus funciones

Noticias – Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

TDLC reanudó sus funciones

Por término del feriado judicial.

02-03-2010

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia reanudó sus funciones con fecha 2 de marzo con plena normalidad.

La atención de público se realiza en el horario habitual, esto es, entre las 9:30 horas y las 13:30 horas.

Para el caso de que, por razones de seguridad, existan restricciones temporales para el acceso al piso 19 del edificio en el que se encuentra la sede del Tribunal, se ha habilitado un punto de atención de público en la planta baja del mismo.

 

 

21 Ene
TDLC rechazó demanda interpuesta por TERQUIM S.A. en contra de San Antonio Terminal Internacional S.A. y la Empresa Portuaria San Antonio.

Noticias – Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

TDLC rechazó demanda interpuesta por TERQUIM S.A. en contra de San Antonio Terminal Internacional S.A. y la Empresa Portuaria San Antonio.

Por supuestas conductas contrarias a la libre competencia en perjuicio de los usuarios de parte de las instalaciones del Molo Sur del Puerto de San Antonio

21-01-2010

El TDLC rechazó, con costas, la demanda interpuesta por TERQUIM S.A. en contra de San Antonio Terminal Internacional S.A. y la Empresa Portuaria San Antonio, por supuestas conductas contrarias a la libre competencia en perjuicio de los usuarios de parte de las instalaciones del Molo Sur del Puerto de San Antonio.

En su sentencia, el TDLC acogió las excepciones de prescripción opuestas por San Antonio Terminal Internacional S.A. y por la Empresa Portuaria San Antonio.

Vea Sentencia completa del TDLC

 

 

15 Ene
TDLC rechazó demanda interpuesta por don Gonzalo Vallejos Mackay en contra de Naviera Danvi Ship S.A.

Noticias – Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

TDLC rechazó demanda interpuesta por don Gonzalo Vallejos Mackay en contra de Naviera Danvi Ship S.A.

Por supuesto abuso de posición dominante y prácticas predatorias.

15-01-2010

El TDLC rechazó, con costas, la demanda interpuesta por don Gonzalo Vallejos Mackay en contra de Naviera Danvi Ship S.A., por supuesto abuso de posición dominante y prácticas predatorias con el objeto de mantener dicha posición, en el mercado del transporte de mercadería al por mayor hacia Isla de Pascua.

En su sentencia, el TDLC rechazó la acusación de don Gonzalo Vallejos Mackay, debido a que de los antecedentes que se acompañaron en autos, no fue posible concluir que la demandada haya tenido a la época de los hechos denunciados una posición dominante en el referido mercado. Adicionalmente, el TDLC hizo presente que no se acompañó evidencia en autos que permita dar por establecido que, en caso de haber tenido una posición dominante, las conductas desarrolladas por Danvi Ship hubiesen constituido una infracción a la libre competencia.

Vea Sentencia completa del TDLC

 

 

08 Ene
TDLC multa a prácticamente la totalidad de las empresas de microbuses y taxis colectivos de Osorno por colusión

Noticias – Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

TDLC multa a prácticamente la totalidad de las empresas de microbuses y taxis colectivos de Osorno por colusión

A fines del 2007, coordinaron sus tarifas y celebraron otros acuerdos ilegales desde el punto de vista de la libre competencia.

08-01-2010

El TDLC, acogiendo un requerimiento de la Físcalía Nacional Económica, condenó el día de ayer a 9 empresas de microbuses y 4 de taxis colectivos de la ciudad de Osorno a pagar diversas multas, por haberse coludido en noviembre de 2007 para, entre otras cosas, alzar coordinadamente los pasajes.

El Tribunal llegó a la convicción de que Sociedad de Transportes Central Ltda., Transportes Camino Real Ltda., Sociedad de Transportes Frankol Ltda., Sociedad de Transportes Líneas Nueve Ltda., Transportes Las Golondrinas Ltda., Transportes Veinte Blanco Azul Ltda., Administradora Francke Ltda., y Sociedad de Transportes Centenario Ltda., incurrieron en una infracción a las normas de protección de la libre competencia consistente en: (i) modificar coordinadamente sus tarifas en el periodo posterior al 27 de noviembre de 2007; (ii) prohibir la modificación autónoma por parte de cada empresa de las tarifas y acordar un mecanismo para fijarlas coordinadamente en el futuro; (iii) la limitación de la oferta global de servicios de transporte de pasajeros en Osorno; (iv) el reparto de cuotas de mercado; y, (v) la limitación de la posibilidad de competir por medio de la innovación empresarial y, por tanto, de la capacidad de incrementar la calidad de los servicios ofrecidos.

Asimismo, el TDLC alcanzó la convicción de que Sociedad de Transportes Perla del Sur S.A., Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos Línea 17, 17-A, 18 de Osorno, Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos “Perla del Sur” y Sindicato de Trabajadores Independientes Taxis Colectivos de Osorno, también incurrieron en una infracción a las normas de protección de la libre competencia, consistente en un acuerdo en torno a un objeto común, cual fue alzar coordinadamente las tarifas a los usuarios del transporte público de pasajeros de la ciudad de Osorno.

El Tribunal impuso multas menores que las que habrían correspondido normalmente para un caso de esta naturaleza y características, en atención, entre otras circunstancias, a que la Secretaria Regional de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Los Lagos de la época realizó prácticas que facilitaron la colusión entre los condenados.

Vea aquí el fallo completo del TDLC

 

 

15 Dic
TDLC multa a la Compañía Chilena de Fósforos S.A. por establecer barreras a la entrada de competidores por medio de cláusulas de exclusividad e incentivos económicos por cumplimiento de metas de venta

Noticias – Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

TDLC multa a la Compañía Chilena de Fósforos S.A. por establecer barreras a la entrada de competidores por medio de cláusulas de exclusividad e incentivos económicos por cumplimiento de metas de venta

Tribunal económico acogió parcialmente el requerimiento y la demanda interpuestos por la Fiscalía Nacional Económica y Comercial Canadá Chemicals S.A., respectivamente, en contra de la principal compañía de fósforos chilena y la condenó al pago de una multa de 1.200 Unidades Tributarias Anuales, alrededor de 530 millones de pesos.

15-12-2009

En su sentencia, el TDLC determinó que la Compañía Chilena de Fósforos estableció barreras artificiales a la entrada de nuevos competidores, consistentes (i) en la imposición de cláusulas de exclusividad; (ii) en el establecimiento de sistemas de incentivos por el cumplimiento de metas de venta diseñados con el objeto de mantener la exclusividad antes indicada; y (iii) en el establecimiento de sistemas de incentivos por cumplimientos de metas de venta no vinculados a contratos de exclusividad anteriores, pero con un fin exclusorio, al no obedecer a parámetros generales, uniformes y objetivos y al carecer de razones de eficiencia o de economías de escala o de costos que los justifiquen.

Por otro lado, el TDLC desechó las acusaciones de la Fiscalía Nacional Económica y Comercial Canadá Chemicals en la parte que solicitaban se sancionara a Compañía Chilena de Fósforos por supuestos amedrentamientos al proveedor de Comercial Canadá Chemicals y por un supuesto ejercicio abusivo de acciones judiciales.

Por todo lo anterior, además de la multa impuesta, el tribunal ordenó a Compañía Chilena de Fósforos que se abstenga en lo sucesivo de celebrar con sus clientes o distribuidores, directa o indirectamente, contratos o acuerdos que incluyan términos o condiciones discriminatorios respecto de las características de quién adquiera o distribuya sus productos, salvo que ello se funde en circunstancias generales, uniformes y objetivas, o basadas en condiciones justificables en razón de sus costos, y que sean aplicables a todo el que se encuentre en las mismas condiciones.

Vea sentencia completa del TDLC aquí

 

 

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