En los autos Rol C N° 417-21 caratulados, “Demanda de Constructora Independencia S.A. y otros contra Compañía General de Electricidad S.A.”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, mediante resolución de 22 de septiembre de 2023 y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del D.L. N° 211, fijó como fecha para la vista de la causa el día 22 de noviembre de 2023, a las 10:00 horas, la que se realizará de forma presencial en las dependencias del Tribunal.
Los apoderados de las partes deberán anunciar su alegato con, a lo menos, 24 horas de antelación al inicio de la vista. Podrá presentarse prueba instrumental hasta diez días hábiles antes de la fecha fijada para la vista de la causa, esto es, hasta el 10 de noviembre de 2023, inclusive.
El 15 de septiembre de 2023, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“TDLC”) dictó el Informe Nº 32/2023, recaído en la solicitud de Ford Motor Company Chile SpA y otras, respecto de las bases de licitación para la contratación del manejo de residuos con terceros y de los estatutos del Sistema de Gestión Multiproductos – Sector automotor” (“SIGA”). Este es el séptimo informe dictado por el TDLC relativo a los sistemas colectivos de gestión de residuos establecidos por la Ley N°20.920, sobre Responsabilidad Extendida del Productor (“Ley REP”). El objetivo de SIGA será principalmente la gestión de neumáticos fuera de uso.
El TDLC consideró que la última versión presentada por las solicitantes de los estatutos de SIGA, así como de las bases de licitación para la contratación del manejo de residuos, no impiden, restringen o entorpecen la libre competencia, sin perjuicio de ordenar ciertas modificaciones.
Respecto de los estatutos, ordenó que los socios que actual o eventualmente tengan la calidad de socio o miembro de otro sistema de gestión colectiva para la gestión de residuos de neumáticos categoría A, ya sea directamente o por medio de una empresa relacionada bajo los términos del artículo 100 de la Ley N° 18.045, deberán optar por uno de ellos.
En cuanto a las bases de licitación, el Tribunal ordenó modificaciones en materia de primacía de estas sobre otra documentación y en materia de redacción.
El ministro Nicolás Rojas C., Presidente del TDLC, fue invitado el jueves 14 de septiembre a exponer sobre la sentencia del Tribunal, confirmada por la Corte Suprema, que sancionó por colusión a 11 empresas de transporte público de las comunas de Temuco y Padre Las Casas.
La actividad, a la que asistieron estudiantes y académicos, fue organizada por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Empresariales de la Universidad de La Frontera.
En la foto: Jaime Tijmes, profesor U. de la Frontera; Nicolás Rojas C., Presidente del TDLC; Sulan Wong R., Directora Departamento de Ciencias Jurídicas; Paulina Sanhueza M., Decana Facultad de Ciencias Jurídicas y Empresariales y Roberto Reveco S., Departamento de Administración y Economía.
El 15 de septiembre de 2023 el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aprobó el Acuerdo Extrajudicial entre la Fiscalía Nacional Económica y la Asociación Gremial de Productores de Huevos de Chile (“Asociación”), al estimar que las obligaciones asumidas por esta última son proporcionales y suficientes para poner término a la investigación realizada por la FNE y mitigar los riesgos a la libre competencia identificados.
El Acuerdo Extrajudicial tiene como antecedente una investigación llevada a cabo por la FNE relativa a eventuales prácticas anticompetitivas en el mercado de producción y comercialización de huevos y ovoproductos en el territorio nacional, mediante el intercambio de información sensible.
Los compromisos asumidos por la Asociación en virtud del acuerdo extrajudicial incluyen el pago de una suma a beneficio fiscal de 1.150 UTA (equivalentes a aproximadamente 875 millones de pesos) y el no volver a incurrir en los hechos señalados. Adicionalmente, la Asociación se comprometió a:
a. Mantener un sistema de determinación de cuotas sociales que asegure que las empresas asociadas, o sus representantes de ellas no tendrán acceso a datos desagregados de producción de las demás empresas asociadas, o cualquier información comercialmente sensible cuyo conocimiento pueda influir el comportamiento competitivo de cualquiera de sus miembros.
b. Contratar asesoría especializada en libre competencia a fin de revisar y, si fuera necesario, adecuar los estatutos de la Asociación y demás instrumentos a las normas del D.L. N° 211; e implementar un programa de cumplimiento. La Asociación deberá remitir a la FNE los documentos que conformen el referido programa y los estatutos y demás instrumentos institucionales actualizados, si así lo hubiere determinado la asesoría especializada, dentro del plazo de un año contado desde la fecha en que la resolución que apruebe el Acuerdo Extrajudicial se encuentre firme y ejecutoriada.
c. La realización de un programa de capacitación comprensivo en materia de libre competencia orientado, principalmente, a los asociados de la Asociación, dentro del plazo de un año.
d. La publicación del Acuerdo Extrajudicial en el sitio web de la Asociación por, a lo menos, un año contado desde que la resolución que apruebe el acuerdo se encuentre firme y ejecutoriada.
e. La entrega de una copia del Acuerdo Extrajudicial a cada uno de los miembros de la Asociación y a todo agente económico que ingrese a formar parte de la Asociación por un plazo de cinco años.
En los autos Rol C N° 434-21 caratulados, “Demanda de TransAntarticEnergía S.A. en contra de Luzparral S.A. y otra”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, mediante resolución de 14 de septiembre de 2023 y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del D.L. N° 211, fijó como nueva fecha para la vista de la causa el día 8 de noviembre de 2023, a las 10:00 horas, la que se realizará de forma presencial en las dependencias del Tribunal.
Los apoderados de las partes deberán anunciar su alegato con, a lo menos, 24 horas de antelación al inicio de la vista. Podrá presentarse prueba instrumental hasta diez días hábiles antes de la fecha fijada para la vista de la causa, esto es, hasta el 25 de octubre de 2023, inclusive.