Dictamen N° 698/1989: Aplicación en el rubro de farmacias de los llamados contratos para operar bajo licencia, perteneciendo ésta a cadenas de farmacia, no infringe el Decreto Ley N° 211, de 1973, siempre que el licenciante no fije al licenciado los precios de venta ni lo obligue a abastecerse por su intermedio. Dos votos en contra.
Dictamen N° 727/1989: Inclusión de algunas benzodiazepinas en lista de medicamentos psicotrópicos no afecta libre competencia si la autoridad de Salud estima que hay diferencias entre ese tipo de medicamentos que justifican la discriminación. Desestima denuncia de UPJOHN.
Dictamen N° 726/1989: Reforma Estatutos Asociación Exportadores de Chile A.G. que da representación predeterminada a los asociados para que todos puedan tener participación real en el Directorio, no afecta libre competencia.
Dictamen N° 725/1989: Información sobre reparación y uso de máquinas fotocopiadoras Ricoh debe darse por DIMACOFI a quien la solicite. Si existe contrato que obliga a ésta a guardar reserva sobre dicha información, Dimacofi debe publicitar adecuadamente que sólo ella puede prestar servicios técnicos y de reparación de las máquinas de que se trata y lugares del país donde está en condiciones de prestarlos. Deja sin efecto Dictamen N° 714, de 1989.
Dictamen N° 721/1989: Plan Regulador Comunal puede prohibir el establecimiento de estaciones de servicio en sectores determinados, de manera general pero no puede hacerlo sobre la base de distancias minimas entre establecimientos competidores pues ello constituye un privilegio o un reparto de mercado contrario a la libre competencia. Consulta de Municipalidad de Las Condes.
Dictamen N° 722/1989: CCU puede usar para envasar sus bebidas, botellas de plástico que fabrica con una máquina y con moldes adquiridos legítimamente de SIPA Italia, aún cuando Owens Illindes se haya opuesto al registro de ese envase como modelo industrial por tener patente de invención sobre mejoras en la zona de fondo de botellas plásticas, porque el que usa CCU es de dominio público. Posición en el mercado de envases de bebidas de Cristalerías Chile y Crownpla Ltda.Consulta de CCU.
Dictamen N° 723/1989: Precios de cerveza en Punta Arenas. Precios predatorios CCU y Cervecera Polar. Venta bajo costos atenta contra libre competencia. Concepto de costos medio y marginal. Consulta de CCU
Dictamen N° 724/1989: Desestima denuncia de Intercontrol Ltda. contra SGS Chile Ltda. por prácticas y maniobras ilegítimas para sacarla del mercado de control e inspección técnicos de bienes y servicios.
Dictamen N° 720/1989: Desestima denuncia del señor Isaac Castillo, ex-comprador mayorista contra CCU por cambio de sistema de comercialización, imposición de flete y por discriminación en el pago de indemnizaciones a algunos mayoristas. Aplica dictámenes Nos 653, 657, 666 y resoluciones de Comisión Resolutiva.
Dictamen N° 719/1989: Sistema de comercialización de Farmacias Salco no afecta, por ahora, libre competencia pues no se advierte la existencia de compras discriminatorias ni las de venta bajo sus costos. Desestima denuncia de UNFACH.