Dictamen N° 687/1989: Desestima recurso de reposición de la Empresa de Agua Potable Lo Castillo Ltda. en contra del Dictamen N°661, de 1988 y concede e informa recurso de reclamación subsidiario e contra del mismo dictamen.
Dictamen N° 717/1989: Insta al Ministerio de Transportes para modificar decreto sobre señalización de tarifas de taxis básicos de modo que el público pueda identificarlas convenientemente.
Dictamen N° 716/1989: Municipalidad de Las Condes debe eliminar señal del tránsito que limita circulación de locomoción colectiva en una calle, a sólo dos líneas de taxibuses, por tratarse de discriminación contraria al Decreto Ley N° 211, de 1973. Facultades Ministerio Transportes. Efectos resolución sobre recurso protección. Consulta del Ministerio de Transportes.
Dictamen N° 715/1989: Licitación de servicios de revisión técnica de vehículos Clase B, Región Metropolitana. Facultades Ministrerio de Transportes. No puede limitarse número de plantas ni fijarse precios por el servicio, salvo que sean máximos.
Dictamen N° 714/1989: Establecimientos de servicio técnico oficial de una marca, están obligados a proporcionar información para reparación de productos incluso a quienes quieran prestar servicio de reparación, salvo limitaciones inherentes a la propiedad intelectual. Denuncia de Ateli contra DIMACOFI.
Dictamen N° 713/1989: BMW o su representante en Chile no puede impedir que MASCARO HNOS. comercialice vehículos o repuestos de esa marca, sea que los adquiera directamente o a través de otros proveedores en Chile o el extranjero. La publicidad de esos productos es inherente al giro, por lo que puede anunciar las marcas de modo que el adquiriente reconozca el producto.
Dictamen N° 712/1989: Previene al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que se abstenga de otorgar concesiones de telefonía de larga distancia a las empresas que prestan, principalmente, servicio de telefonía local, mientras se resuelve consulta de SUBTEL sobre mercado de las telecomunicaciones. Pide, además, que se suspendan obras que ejecuta CTC de enlaces de fibra óptica, para prestar telefonía de larga distancia, porque no cuenta con concesión para ese efecto.
Dictamen N° 711/1989: Sistema de venta de vehículos de DATSUN CHILE, a través de consignatarios, no es contrario a la libre competencia. Sin embargo, deberán modificarse las cláusulas del contrato enviado por Datsun según las cuales los consignatarios deben o pueden comprar los vehículos que no vendan en 60 días. Desestima denuncia de Autocaal que no se interesa por ser consignatario.
Dictamen N° 707/1989: Uso por Sociedad Video Centro de carátulas de películas para video cassettes, idénticas al poster de películas sobre las cuales CONATE tiene derechos exclusivos para Chile, en circunstancias que dichos posters y el contrato de licencia con productora extranjera, están inscritos en el Registro de Propiedad Intelectual, es un asunto que escapa de la competencia de la Comisión Preventiva Central, pues esos hechos dicen relación con la Ley N° 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Denuncia de CONATE contra Sociedad Comercial Los Cactus Ltda.
Dictamen N° 710/1989: Servicios técnicos oficiales de una marca están obligados a suministrar la información especializada que el fabricante da para reparación de sus productos. Los representantes oficiales, a solicitud de interesado, debe importar esa información y venderla en un plazo prudencial o asesorarlo para que la importe directamente. Denuncia de SEIL contra SISTECO.