Dictamen N° 522/1986: Investigación de la Fiscalía Nacional, a petición de la Intendencia de la VI Región sobre campaña publicitaria PEPSI CHALLENGE.
Dictamen N° 521/1986: Consulta de la Fiscalía de la VII Región sobre noticias aparecidas en la prensa, referente a haberse iniciado conversaciones entre COPEC y SHELL CHILE, sobre una eventual venta de la Planta Constitución perteneciente a Celulosa Arauco y Constitución S.A., sociedad de la cual COPEC es su principal accionista. La preocupación de esta Fiscalía Regional es que la asquisición, por parte de SHELL, de la mencionada planta, constituiría un posible monopsonio en la compra de madera pulpable.
Dictamen N° 520/1986: Consulta de ACHET, Asociación Chilena de Empresas de Turismo, sobre la promoción de viajes de turismo acordada entre Turismo Cocha y Bancard Visa S.A.
Dictamen N° 556/1986: Denuncia de TEXCOM LIMITADA contra TELEX CHILE S.A. por prácticas de dumping y competencia desleal.
Dictamen N° 555/1986: Consulta de proyecto de convenio tipo que celebrará la DIRECCIÓN GENERAL DE METRO con empresas de transporte público de superficie, con el objeto de poner en funcionamiento un sistema de transporte combinado, denominado SISTEMA METRO-BUS (SMB).
Dictamen N° 554/1986: Consulta de la Subsecretaría de Telecomunicaciones sobre proyecto de Decreto con Fuerza de Ley sobre modificaciones al régimen de concesiones y tarifas de la Ley N°18.168 (LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES)
Dictamen N° 552/1986: Consulta de la JUNAEB sobre el Reglamento del Registro de Concesonarios que contempla un sistema de selección de los llamados concesionarios y que a juicio de la Comisión contraviene el DL. 211.
Dictamen N° 551/1986: Investigación mercado distribución azucar IANSA, ante informaciones de que se estaría produciendo una cartelización en la venta del azúcar producida en el país por IANSA.
Dictamen N° 550/1986: Se ordena derogar la Resolución Exenta N° 783, de la DIREC. NACIONAL DE ADUANAS, mediante la cual se prohibe todo acto de antermediación entre el despachador de aduanas y sus mandantes, así como la entrega por parte de los despachadores, o de terceros por cuenta de ellos, de facturas de honorarios a personas distintas de sus mandantes.