Expediente de Recomendación Normativa Art. 18 N°4 del D.L. N°211, sobre servicios asociados al suministro de energía eléctrica

21/08/2015

Con fecha 20 de agosto de 2015, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia decidió ejercer la potestad conferida por el artículo 18 N° 4 del D.L. N° 211, recomendando a S.E. la Presidenta de la República, a través del Ministro de Energía, que proponga modificaciones normativas destinadas a fomentar la competencia en mercados de servicios asociados al suministro de energía eléctrica. 

El Tribunal señaló en su decisión que estas proposiciones tienen por objetivo fomentar la competencia, por un lado, en la publicidad de servicios asociados o de productos en que las empresas de distribución eléctrica compiten con terceros y, por otro, en la oferta de servicios asociados al suministro de energía eléctrica consistentes en: (i) servicios de diseño y elaboración de empalmes eléctricos –sean éstos provisorios o definitivos– y su construcción; (ii) servicios de diseño y elaboración de proyectos de alumbrado público y su instalación y provisión; y, (iii) traslado de postes de alumbrado público de la empresa distribuidora. En particular, se propuso la dictación de preceptos legales o reglamentarios destinados a: 

1. Exigir a las empresas de distribución eléctrica desagregar los presupuestos de los servicios asociados mencionados en el párrafo precedente, de forma tal que se puedan distinguir claramente en ellos: (i) las distintas etapas de la obra; (ii) los plazos de ejecución de cada una de dichas etapas; (iii) el costo de cada una de dichas etapas; y, (iv) los servicios que pueden ser entregados por terceros de aquellos que solamente pueden ser entregados por las empresas de distribución eléctrica; 

2. Determinar plazos máximos para prestar aquellas actividades que componen los servicios asociados que no tengan actualmente un plazo definido, los que deberán tener sanciones asociadas a su incumplimiento que puedan ser impuestas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Tal regulación deberá referirse al menos a las siguientes actividades: el otorgamiento de acceso por parte del desarrollador inmobiliario a los planos de la red de distribución (necesarios para desarrollar proyectos futuros); la inspección y recepción final de empalmes por parte de las empresas de distribución eléctrica; y la ejecución de obras de alumbrado público, específicamente lo que dice relación con otorgar acceso oportuno a terceros para la instalación de luminarias en los postes de propiedad de las empresas de distribución eléctrica; 

3. Estudiar la conveniencia de permitir la creación de organismos certificadores de instalaciones eléctricas independientes de las empresas de distribución eléctrica, autorizados y fiscalizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. La regulación que eventualmente se dicte debiera prohibir que dichos organismos y sus personas relacionadas ofrezcan los servicios que certifican; 

4. Especificar en la normativa los plazos máximos para efectuar revisiones de obras de terceros –ya sea por organismos certificadores independientes en caso de ser creados, o por las empresas de distribución eléctrica en caso contrario–, estableciendo la posibilidad de interponer recursos ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en caso de rechazo injustificado de la obra o de incumplimiento de los plazos definidos; 

5. Exigir la divulgación de los certificados de “Información Técnica de Factibilidad de Suministro” emitidos por las empresas de distribución eléctrica para conexiones nuevas, según el número 6.1 de la Norma Chilena 10/84. Para ello, dichos certificados deberán ser publicados sin rezago en la página web de la respectiva empresa de distribución eléctrica, en una pestaña de acceso fácil, público y gratuito; 

6. Prohibir a las empresas de distribución eléctrica incluir o acompañar publicidad de servicios asociados o de productos en las boletas o facturas de suministro eléctrico de los clientes regulados, o junto a las mismas; 

7. Establecer quién es el órgano fiscalizador –por ejemplo, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles– y las sanciones por incumplimiento de la regulación propuesta, así como de toda la regulación referente a plazos mencionada en esta propuesta, que sean disuasivos eficaces de dichos incumplimientos.

Proposicion_17_2015

Noticias Relacionadas

22/01/2026

TDLC llama a concurso público para proveer dos cargos de pasante del área jurídica

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia llama a concurso público para proveer dos cargos de pasante del área jurídica Jornada laboral de 22 horas semanales presenciales con flexibilidad horaria. Remuneración bruta mensual de $269.500 Contrato plazo fijo 6 meses. Propósito del cargo: Contribuir en la investigación, sistematización y actualización de la información disponible […]

22/01/2026

Causa Rol NC N° 559-26: TDLC da inicio a procedimiento caratulado “Consulta de Club Deportivo Provincial Osorno sobre el cobro por años de formación establecido en el artículo 44 del Reglamento de Fútbol Joven de la ANFP”

En los autos Rol NC N° 559-26 caratulados “Consulta de Club Deportivo Provincial Osorno sobre el cobro por años de formación establecido en el artículo 44 del Reglamento de Fútbol Joven de la ANFP”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° […]

20/01/2026

TDLC informa las instrucciones de acceso a la audiencia pública de la causa NC N° 543-25 caratulada “Consulta de Metro Emisora de Medios de Pago S.A. en relación con el artículo 2 inciso séptimo de la Ley N° 18.772”.

Mañana miércoles 21 de enero de 2026, a las 9:30 horas, tendrá lugar la audiencia pública de la causa NC N° 543-25 caratulada “Consulta de Metro Emisora de Medios de Pago S.A. en relación con el artículo 2 inciso séptimo de la Ley N° 18.772”, la que se realizará en las dependencias del Tribunal, ubicado […]

15/01/2026

TDLC aprueba dos acuerdos extrajudiciales, uno entre la FNE y la empresa CJ Cheiljedang Corporation y otro entre la FNE y Bunge Alimentos S.A.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aprobó hoy los Acuerdos Extrajudiciales N° 39 y Nº 40, suscritos entre la Fiscalía Nacional Económica (“FNE”) y CJ Cheiljedang Corporation (“CJCJ”) el primero, y entre el mismo organismo y Bunge Alimentos S.A. (“Bunge”), el segundo. Los acuerdos ponen término a la investigación Rol N° 2790-24 de […]

15/01/2026

TDLC amplía plazo para aportar antecedentes en causa Rol NC N° 556-25 caratulada “Solicitud de Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. de modificar la Resolución N° 59/2019 sobre límites a la tenencia de espectro radioeléctrico”

Por resolución de 15 de enero de 2026, en los autos Rol NC N° 556-25 caratulados “Solicitud de Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. de modificar la Resolución N° 59/2019 sobre límites a la tenencia de espectro radioeléctrico”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia amplió el plazo para aportar antecedentes en 45 días hábiles […]

14/01/2026

TDLC llama a concurso público para proveer cargo de Abogado/a Proveedor/a

Conforme lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 211, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia llama a concurso de antecedentes y oposición para proveer cargo de Abogado/a Proveedor/a asimilado a grado 12°, de la nueva escala de remuneraciones del TDLC, sueldo bruto aproximado de $3.095.558.-, sujeto al reajuste del Sector Público que determine […]

13/01/2026

Causa Rol C N° 497-23: TDLC fija fecha para la vista de la causa caratulada “Demanda de Argenper Envios de Dinero SpA en contra de Banco de Crédito e Inversiones S.A y otros” para el 11 de marzo de 2026

En los autos Rol C N° 497-23, caratulados “Demanda de Argenper Envios de Dinero SpA en contra de Banco de Crédito e Inversiones S.A y otros”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, mediante resolución de 12 de enero de 2026, fijó fecha para la vista de la causa el día 11 de marzo de […]

12/01/2026

TDLC llama a concurso público para proveer cargo de pasante Oficina Judicial

Jornada laboral de 25 horas semanales. Remuneración bruta mensual de $306.250 Contrato plazo fijo: 4 meses no renovables. Propósito del cargo: Contribuir al soporte administrativo de la oficina judicial en las distintas fases del proceso judicial, asegurando la adecuada gestión y tratamiento de los expedientes; y apoyar en otras labores propias del Tribunal. Perfil Requisitos […]

Ir al contenido