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Tribunal de Defensa de la Libre Competencia dictó el Informe Nº 33/2024 sobre sobre rebaja al límite de la potencia indicado en el literal d) del artículo 147° de la Ley General de Servicios Eléctricos.

12/12/2024
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El 27 de noviembre de 2024, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dictó el Informe Nº 33/2024, recaído en la solicitud del Ministerio de Energía sobre la propuesta de rebajar el límite de la potencia para que usuarios finales puedan optar a un régimen de precio libre, desde los actuales 500 kilowatts a 300 kilowatts, de conformidad al literal d) del artículo 147 de la Ley General de Servicios Eléctricos.

Al respecto, el Tribunal analizó los distintos riesgos a los que daría lugar la solicitud del Ministerio de Energía, según fueron identificados por las intervinientes en el proceso. Así, se evaluaron los riesgos en el suministro de energía a clientes libres derivados del posible aumento de poder de mercado en el segmento generación y de la asimetría de información que enfrentan los nuevos clientes libres. También se analizaron los riesgos en el suministro de energía a clientes regulados, en relación con la afectación de contratos de suministro adjudicados y de procesos de licitación futuros, así como posibles impactos en la inversión extranjera, la facilidad para conseguir financiamiento y el desarrollo de la autogeneración distribuida o netbilling.

En definitiva, y luego de analizada la solicitud y los diversos antecedentes del proceso, el Tribunal concluyó que la propuesta del Ministerio de Energía no genera riesgos sustanciales a competencia, por lo que la informó favorablemente, sin introducir medidas complementarias.

Ver Informe N° 33/2024

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