Consultantes: Importadora Coral Ltda.
Aportantes de antecedentes: Fiscalía Nacional Económica, Departamento de Propiedad Industrial, Servicio Nacional de Aduanas, Importadora y Exportadora Río Puelo Ltda
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Julio Peña Torres
Consulta sobre el derecho a importar los productos que indica.
El Tribunal resolvió declarar que Importadora Coral Limitada puede, legítimamente, importar y comercializar neumáticos originales de los proveedores Bull, Chengshan, Yellow Sea y Long March, sin perjuicio del derecho del titular de las respectivas marcas para ejercer las acciones civiles, comerciales y marcarias que estime pertinentes, en defensa de sus intereses.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Derecho a importar, ley de propiedad industrial, propiedad intelectual, derecho marcario.
Advertencia:
La publicidad de las resoluciones contenidas en este sitio, no constituye comunicación ni notificación válida de las mismas para efectos legales. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no se responsabiliza por los errores u omisiones que eventualmente pueda contener la información publicada.