TDLC emitió el Informe N° 23/2022 que exige la Ley Nº 19.542 que Moderniza el Sector Portuario Estatal y fijó las condiciones a las que deberá sujetarse la licitación pública de la concesión portuaria del Recinto Portuario de Puerto Montt.

04/04/2022

Empresa Portuaria Puerto Montt (“Empormontt”) solicitó licitar: (i) la infraestructura portuaria del Recinto Portuario de Puerto Montt, correspondiente al Muelle Comercial y al Terminal de Transbordadores; (ii) el Recinto Extraportuario; y (iii) el Recinto Portuario Panitao.

Con todo, la misma empresa portuaria definió no licitar el Recinto Portuario Panitao, informando ello durante la audiencia pública de la causa y ratificándolo mediante una presentación, que rola a folio 149 del expediente. Por su parte, el Tribunal decidió que el Recinto Portuario debía licitarse de forma separada al Recinto Extraportuario, atendido que la normativa aplicable permite licitar ambos recintos de forma separada. Lo anterior debido a que la licitación conjunta propuesta por Empormontt podría afectar el número de interesados en la licitación de la concesión del Recinto Portuario y que se trata de mercados relevantes diferentes.

De esta forma, el Informe únicamente se refiere a la licitación de la concesión del Recinto Portuario. En él se establecen condiciones para resguardar la competencia en la licitación, destacándose, entre otras, (i) que el criterio de adjudicación corresponda al menor Índice Tarifario, (“Índice de Adjudicación”), sujeto a un Índice Tarifario Máximo Reservado; (ii) que el Índice de Adjudicación deba considerar un subíndice para el Muelle Comercial y otro para el Terminal de Transbordadores, los que deben incluir la totalidad de los servicios básicos que se prestarán en dichos frentes de atraque, con excepción de la tarifa de transferencia de pasajeros de conectividad y la tarifa de pasajeros de turismo; (iii) que  Empormontt debe eliminar la columna “valor máximo” de la tabla incluida en el Anexo II del borrador de las Bases respecto de aquellas tarifas que se incluirán en el Índice de Adjudicación; y (iv) la posibilidad de la empresa portuaria de calcular el canon anual en base al valor de los activos dados en concesión, para lo cual se consideró una tasa de rentabilidad que incluya todas sus fuentes de financiamiento pertinentes y que reflejen su verdadero costo de oportunidad del financiamiento (v.gr., usando la tasa WACC).

Por otra parte, se ordenó incorporar resguardos en la provisión de servicios portuarios, relacionados con las tarifas de los servicios portuarios básicos, estándares de calidad de servicio, reglas de prioridad en la atención de naves, deberes de información y mecanismos contractuales de control. Asimismo, se estableció que, en el evento que uno o más usuarios relevantes se integren verticalmente con el Concesionario, se le exigirá a éste, contar con directores independientes y un Comité de Directores, de conformidad al artículo 50 bis de la Ley N° 18.046. Por último, se estableció un mecanismo de modificación del contrato de concesión que distingue el procedimiento a seguir según la materia que se solicita modificar, disminuyendo de diez a cinco años el periodo para poder realizar dicha modificación.

Finalmente, se establecieron restricciones a la integración vertical y horizontal del futuro concesionario. En cuanto a la primera, se prohibió a los usuarios relevantes de servicios portuarios que participen en el mercado de los cruceros, tener, por sí o a través de otra persona natural o jurídica, más de un 40% del capital, ni más de un 40% del capital con derecho a voto, o derechos por más del 40% de las utilidades de la sociedad concesionaria en los términos de la letra b) del artículo 99 de la Ley N° 18.045. Los demás usuarios del Recinto Portuario no están sujetos a limitación para la integración vertical. La integración horizontal, en tanto, se prohibió absolutamente.

El fallo, fue acordado con la prevención del Ministro Paredes, quien estuvo por no imponer una regla de restricción a la participación accionaria de usuarios relevantes del mercado de cruceros y exigir, en su lugar que el Concesionario cuente en su directorio con, al menos, un miembro independiente de los accionistas controladores.

Ver Informe N°23-2022

Noticias Relacionadas

03/09/2026

Tribunal de Defensa de la Libre Competencia propone al Presidente de la República incorporar mejoras al proyecto de ley sobre beneficiarios finales en el marco de la causa Rol ERN N° 32-23 “Expediente de recomendación normativa sobre participación de grupos empresariales en distintos ámbitos de la economía”

El 3 de septiembre de 2026, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia dictó la Proposición Normativa N° 21 en la causa rol ERN N° 32-23, caratulada “Expediente de recomendación normativa sobre participación de grupos empresariales en distintos ámbitos de la economía”, proponiendo a S.E. el Presidente de la República incorporar ciertas mejoras al […]

03/09/2026

Causa Rol NC N° 570-26: TDLC fija fecha de audiencia pública en causa caratulada “Solicitud de Corporación Sistema Colectivo de Gestión de Neumáticos Usados y Fuera de Uso Neuvol de modificación de bases de licitación aprobadas por Informe N° 29/2022” para el 7 de octubre de 2026

En los autos Rol NC Nº 570-26, caratulados “Solicitud de Corporación Sistema Colectivo de Gestión de Neumáticos Usados y Fuera de Uso Neuvol de modificación de bases de licitación aprobadas por Informe N° 29/2022”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dictó el 3 de septiembre de 2026 la resolución que fija la fecha […]

03/09/2026

Causa Rol ERN N° 40-26: TDLC fija fecha de audiencia pública en causa caratulada “Expediente de recomendación normativa sobre el Reglamento de Contratista y el Reglamento de Contratos (Decretos Supremos N° 127 y 236 del MINVU)” para el 4 de noviembre de 2026

En los autos Rol ERN Nº 40-26, caratulados “Expediente de recomendación normativa sobre el Reglamento de Contratista y el Reglamento de Contratos (Decretos Supremos N° 127 y 236 del MINVU)”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dictó el 3 de septiembre de 2026 la resolución que fija la fecha para la audiencia pública establecida en […]

03/09/2026

Comité Especial de Nominaciones selecciona a nuevo Presidente y Consejeros del Coordinador Eléctrico Nacional

El Comité Especial de Nominaciones –integrado por Carlos Barría, Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía, Cristina Orellana, Consejera del Consejo de Alta Dirección Pública del Servicio Civil, Nicolás Rojas, Presidente del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y Daniel Olivares, integrante del Panel de Expertos-, en sesión del 2 de septiembre de […]

03/09/2026

Causa Rol C N° 430-21: TDLC fija nueva fecha para la vista de la causa caratulada “Requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica contra Brinks Chile S.A. y otras” para el 21 de octubre de 2026

En los autos Rol C N° 430-21, caratulados “Requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica contra Brinks Chile S.A. y otras”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por resolución de 2 de septiembre de 2026, accedió a la solicitud de una de las partes de suspender la vista de la causa fijada para el […]

02/09/2026

Informativo sobre la página web del TDLC 

Les informamos a nuestros/as usuarios/as que debido a una mantención tecnológica programada, hoy miércoles 2 de septiembre de 2026, entre las 21:00 horas y las 00:00 horas de este jueves 3 de septiembre, la página web del Tribunal podría presentar intermitencias. En el caso de que la página web presente problemas nuestros/as usuarios/as pueden ingresar a la […]

01/09/2026

TDLC rechaza la demanda de Corporación Club de Deportes Puerto Montt contra la ANFP

Por sentencia de 1° de septiembre de 2026, en causa rol CIP N° 15-24, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia rechazó la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por Corporación Club de Deportes Puerto Montt (“Puerto Montt”) contra la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (“ANFP”). Puerto Montt sostuvo que habría sufrido daño emergente […]

25/08/2026

Tribunal de Defensa de la Libre Competencia dicta fallo en causa Consulta de Electrobuses Marga Marga S.A. sobre las Bases de Licitación para la Contratación de la Adscripción al Servicio de Transporte Público de Pasajeros y Pasajeras Mediante Buses Eléctricos y Diésel en la conurbación de Valparaíso

El 25 de agosto de 2026, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia dictó la resolución N° 92/2026, en autos Rol NC N° 554-25, caratulados “Consulta de Electrobuses Marga Marga S.A. sobre las Bases de Licitación para la Contratación de la Adscripción al Servicio de Transporte Público de Pasajeros y Pasajeras Mediante Buses Eléctricos […]

Ir al contenido