Dictamen N° 684/1988: No se entorpece la libre competencia, si ENTEL participa en sociedades o crea empresas filiales destinadas a prestar servicio de telecomunicaciones a usuarios finales, siempre que observe condiciones que se indican, sobre desvinculación de las sociedades y trato igualitario a todas las empresas, incluyendo las filiales, en las condiciones de comercialización.