Atendido el nivel de concentración de mercado que se desprende de la información proporcionada por la consultante y la Fiscalia Nacional Económica; atendido que la transferencia de la concesión materia de estos autos se efectuará mediante aportede la concesión al capital de una sociedad de responsabilidad limitada en el acto de su constitución; y considerando además que dicha operación no generaría efectos contrarios a la libre competenccia en el mercado relevante, se informa favorablemente la consulta de fojas 38. Lo anterior, solo en cuanto la operación de transferencia de la referida concesión se haga en los términos expuestos. Rol NC N° 286-08
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