Resolviendo la solicitud de fojas 36, atendido el nivel de concentración de mercado que se desprende de la información proporcionada y la Fiscalía Nacional Económica, y de los antecedentes públicos recabados por el Tribunal, se informa favorablemente la consulta, por estimarse que la transferencia no provocará efectos perjudiciales para la competencia. Rol NC N° 200-07.
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