Consulta de la H. Cámara de Diputados sobre posible conducta monopólica de la firma Transelec S.A., filial de la empresa generadora ENDESA S.A. en la fración de tarifas de peaje en sus líneas de transmisión de energia eléctrica en perjuicio de la empresa pública generadora COLBUN S.A,. La Comisión estimó que no podía emitir un pronunciamiento al respecto, pues para ello debicra dictarse previamente una sentencia por parte del Tribunal Arbitral creado expresamente con este fin por el articulo 51, letra g) del D.F.L. Nº 1 de 1982 del Ministerio de Minería.
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