Denuncia del Sr. Ramón Briones E. y otro contra SONY Chile Limitada por incumplimiento de garantía. La Comisión desestimó la denuncia por considerar que los hechos expuestos no infringían las normas sobre libre competencia. Reclamado el dictamen para ante la H. Comisión Resolutiva, ésta por Resolución N° 398 de 26 de Octubre de 1993 rechazó el recurso, confirmando el dictamen recurrido.
Advertencia:
La publicidad de las resoluciones contenidas en este sitio, no constituye comunicación ni notificación válida de las mismas para efectos legales. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no se responsabiliza por los errores u omisiones que eventualmente pueda contener la información publicada.