Denuncia de la Empresa Eléctrica Puente Alto Ltda. contra Compañía Eléctrica del Río Maipo S.A. por abuso de posición dominante en el otorgamiento de aumentos de potencia eléctrica y cobro de aportes reembolsables. La Comisión desestimó la denuncia, sin prejuicio de solicitar a la autoridad la dictación de un reglamento del D.F.L. Nº 1 de 1982 (Ley General de Servicios Eléctricos), en especial en lo referente a aportes reembolsables. Ver además dictamen Nº 793.
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