Consulta del Fiscal Regional de la XII Región sobre si el Acuerdo Marco celebrado entre la Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A. y la Asociación de Portadores A.G. relativo a la cuenta única telefonica y cobro y suspensión del servicio de larga distancia cumple con las disposiciones del D.L. N° 211 de 1973. La Comisión declaró que este convenio, aprobado por la Subsecretaria de Telecomunicaciones, en la forma que se ha estado aplicando no es contrario a lo dispuesto en el D.L. N° 211 de 1973 que establece normas para la defensa de la competencia.
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