Atendidas las conclusiones de la Fiscalía Nacional Económica y lo dispuesto por este Tribunal mediante Auto Acordado N° 6, de fecha 7 de julio en curso, se informa desfavorablemente la consulta de fs. 127, sin perjuicio de poder renovarse. Rol NC N° 83-05.
Advertencia:
La publicidad de las resoluciones contenidas en este sitio, no constituye comunicación ni notificación válida de las mismas para efectos legales. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no se responsabiliza por los errores u omisiones que eventualmente pueda contener la información publicada.